Copisa SA de CV afirma que México alberga el segundo mayor sector farmacéutico de América Latina y el duodécimo del mundo. Tanto los medicamentos genéricos como los de patente son producidos en el país por laboratorios nacionales e internacionales. La fabricación de bienes y servicios de la industria sanitaria representa el 4,6% del PIB.
Basándose en su producción bruta, el negocio farmacéutico ocupa el sexto lugar en importancia dentro del sector manufacturero de la nación. En general, las empresas farmacéuticas son más grandes que otras manufactureras. Emplean al 1,6% de todos los trabajadores de la industria, es decir, una media de 116 personas por empresa.
Desarrollo de medicamentos
Un nuevo medicamento debe someterse a pruebas y estudios exhaustivos antes de salir al mercado. En primer lugar, se lleva a cabo una investigación preclínica en animales y microorganismos cuando se ha encontrado un medicamento líder. Entonces se solicita que se estudie el nuevo medicamento y se empiezan a realizar ensayos clínicos en seres humanos. Desde el descubrimiento del compuesto activo hasta la introducción del producto en el mercado, el procedimiento completo puede durar más de diez años.
Normas mexicanas en esta industria
Cada nación establece sus propias leyes que rigen la producción y distribución de productos farmacéuticos. Todas las entidades que participan en el sector farmacéutico, desde los fabricantes hasta los distribuidores que venden directamente a los consumidores, están obligadas a cumplir una serie de normas en México relativas a los procedimientos correctos de fabricación, etiquetado, estabilidad química y requisitos sanitarios. He aquí algunas de ellas:
Sobre los requisitos que deben cumplir los medicamentos farmacéuticos y biotecnológicos para ser seguros y eficaces.
- NOM-177-SSA1-1998
Especifica las pruebas que debe pasar un medicamento para demostrar que es un producto genérico o intercambiable.
- NOM-220-SSA1-2002
Se centra en la farmacovigilancia, que es la aplicación y gestión de la evaluación y vigilancia de los efectos de los medicamentos.
- NOM-220-SSA1-2002
En cuanto a la normatividad sanitaria a la que deben apegarse los productores, distribuidores y comercializadores de productos farmacéuticos.